Qué hacemos
- Inscripción de la empresa en la Seguridad Social
- Elección de la modalidad de contrato y redacción de cláusulas adaptadas al convenio
- Comunicación de contratos al SEPE a través de Contrat@
- Altas, bajas y variaciones de trabajadores
- Nóminas y seguros sociales
- Retenciones de los trabajadores y sus declaraciones
- Regularización de cotizaciones y altas presentadas fuera de plazo
- Certificados A1 para trabajadores desplazados a otros países
- Incidencias con la Tesorería General a través de CASIA
- Alta de autónomos, tarifa plana y control de sus vencimientos
Contratos bien hechos desde el primer día
Antes de redactar un contrato encuadramos al trabajador en el grupo y la categoría que le corresponden según el convenio, calculamos el salario mínimo aplicable y revisamos periodo de prueba, jornada y vacaciones. El contrato sale con las cláusulas adicionales que protegen a la empresa dentro de lo que permiten el Estatuto de los Trabajadores y el convenio.
Tenemos especial experiencia en hostelería de la provincia de Cádiz: bares, restaurantes, hoteles, apartamentos y catering, con su convenio provincial y el acuerdo laboral estatal de hostelería.
Cuando algo se ha hecho tarde o mal
Un alta que no se comunicó a tiempo, un trabajador que no aparece en los seguros sociales o unas bases de cotización incorrectas tienen arreglo, pero conviene hacerlo cuanto antes para limitar los recargos. Revisamos qué ha pasado, presentamos las liquidaciones complementarias y gestionamos el pago.
Preguntas habituales
¿Cuánto tiempo antes tengo que dar de alta a un trabajador?
El alta en la Seguridad Social tiene que comunicarse antes de que el trabajador empiece a trabajar. Escríbenos con los datos en cuanto cierres la contratación y lo dejamos hecho a tiempo.
¿Qué necesitáis para hacer un contrato?
Los datos del trabajador y su documento de identidad, el puesto, la jornada y el horario, la fecha de inicio y el salario que quieres ofrecer. Con eso comprobamos que encaja en el convenio y te proponemos el contrato.
Voy a enviar a un trabajador a otro país de la UE, ¿qué tengo que hacer?
Normalmente hay que solicitar el certificado A1, que acredita que sigue cotizando en España durante el desplazamiento. Lo tramitamos y te avisamos si hay que hacer algo más.